Una decisión del Consejo de Estado abre la puerta para que los servidores públicos implicados en ejecuciones extrajudiciales respondan con sus propios patrimonios por el daño causado.
La muerte atroz de seis campesinos en 1986, a manos de militares, ameritó además, por parte del Consejo de Estado, un fuerte llamado de atención al Gobierno Nacional para que adopte medidas que permitan castigar las violaciones a los derechos humanos cometidas por miembros de la Fuerza Pública y limitar ese tipo de acciones.
"Los Estados deben adoptar las medidas necesarias para crear un marco normativo adecuado que disuada cualquier amenaza al derecho a la vida", señala la sentencia del alto tribunal.
La decisión se derivó de una acción judicial en la que el Ministerio de Defensa pide que un oficial y dos suboficiales del Ejército paguen con dinero de sus patrimonios la condena que se vio obligado a reconocer el Estado colombiano por la muerte de seis labriegos a manos de tres uniformados.
Se trata del capitán del Ejército Tomás Ignacio Monroy Roncancio, el sargento Marco Aurelio Mendoza Mena y el sargento viceprimero Samuel de Jesús Mejía González, quienes el 18 de septiembre de 1986 mientras adelantaban una operación encubierta asesinaron a los labriegos, entre quienes había varios menores de edad, cortándoles el cuello.
"El uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad estatales debe estar definido por la excepcionalidad, y debe ser planeado y limitado proporcionalmente por las autoridades", señala la sentencia.
Por estos hechos un Consejo Verbal de Guerra condenó al capitán Monroy Roncancio y al sargento Mendoza Mena, a 18 años de prisión, mientras que al sargento viceprimero Mejía González se le impuso la pena de 8 años de prisión.
El proceder doloso de los militares dio lugar a una condena contra la Nación (Ministerio de Defensa y Ejército) que obligó al pago de cerca de 250 millones de pesos a favor de las víctimas.
Para la Corte es claro que "los señores Monroy Roncancio, Mendoza Mena y Mejía González desconocieron no sólo el ordenamiento jurídico interno, sino que, desde la perspectiva internacional, generaron vulneraciones o trasgresiones a la normatividad sobre los derechos humanos".